Biblioteca – Reglamento
Artículo 1º) la Biblioteca “Ángel Lasalvia” es un servicio cultural gratuito de préstamo de libros, video cassettes y DVD, que brinda CAYCPA a sus socios.
Artículo 2º) Tendrán derecho al usufructo de los servicios de la Biblioteca aquellos que estén al día en sus obligaciones deben inscribirse además en un Registro de Usuarios.
Artículo 3º) Tendrán derecho además hijos y nietos debidamente autorizados por el socio, siendo también suscriptos exhibiendo documentación probatoria del parentesco, (partidas, libretas de matrimonio, certificados). Los socios del interior podrán efectuar su suscripción y la de sus familiares por correo, fax, e-mail o similares.
Artículo 4º) El socio será responsable por sí y por familiares que hubiere autorizado, de todas irregularidades u omisión en el usufructo de la biblioteca y de su acervo. Se multará al socio en este caso.
Artículo 5º) La entrada a la sala de lectura será en el horario autorizado, pudiendo consultar el material de lectura disponible en la biblioteca.
Artículo 6º) mayores de 12 años, de acuerdo a lo estipulado podrán retirar libros. Menores no, solo el socio pueden hacerlo.
Artículo 8º) Los préstamos se regirán por las siguientes condiciones:
Artículo 9º) Se podrá renovar el préstamo, siempre que no haya otro interesado en la obra de que se trate y el período de renovación se efectúe antes del vencimiento del plazo del préstamo original o de la prórroga respectiva.
Artículo 10º) No se prestará libros y/o videos a los usuarios que no hayan devuelto en el plazo correspondiente. Ello, sin perjuicio de las otras sanciones que pudieren corresponder.
Artículo 11º) Los usuarios que extravíen o deterioren un libro están obligados a reemplazarlo o pagar su importe actualizado si la reposición fuera imposible, cuando se trate de videos se deberá reponer o abonar una indemnización de U$S 50 (dólares cincuenta)
Artículo 12º) Se suspenderá el préstamo de acuerdo a los días que incumplió en el plazo de devolución.